Hasta ahora nadie discutía la proposición de separación de poderes para un Estado democrático, pero hete ahí que los actuales gobernantes han reconsiderado sus propias ¿convicciones? al respecto y han presentado una proposición de ley en el Congreso de los Diputados para rebajar la mayoría de votos en el Congreso y el Senado con la que sacar adelante el nombramiento de los vocales judiciales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sin necesidad de contar con los votos del principal partido de la oposición, el Partido Popular, ha encontrado el rechazo de prácticamente todo el ámbito judicial. De tres quintos de hoy a la mayoría simple solo hay un tramo, el de la voluntad inequívoca del control del poder judicial, que ya comenzó con el nombramiento partidista de la Fiscal General y ahora sigue con el Consejo General del Poder Judicial.

Así no es extraño que desde ese poder se levanten contra tal proposición las asociaciones de jueces y otros miembros del CGPJ y la Asociación Europea de Magistrados,que criticaron el hecho cierto de que la reforma politizará aún más la elección de magistrados y dejará en manos de los partidos mayoritarios, coincidentes con el Gobierno de turno, la designación de los representantes del Poder Judicial. Un ataque a la independencia judicial y que rompe las reglas de juego concordadas por el propio poder político hasta la fecha.
El artículo 122, en su apartado III indica que El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De estos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.
Se pasan por el forro la ley y, además, se llenan la boca de proclamar su espíritu demócrata cuando en verdad lo que denota esta forma de proceder es lo contrario, una forma de someter poco a poco a quien piensa lo contrario a través de todo el ¡bendito Montesquieu!
Tres de las cuatro asociaciones judiciales calificaron la proposición de «atropello», consideraron que supone un «ataque a la división de poderes» e incluso plantearon sus temores ante la posibilidad de que una reforma «antidemocrática» salga adelante. Con la propuesta de los dos grupos parlamentarios, a cuyo texto íntegro tuvo acceso El Independiente, los dos partidos de Gobierno pretenden que los vocales judiciales del órgano de Gobierno de los jueces puedan ser elegidos con una mayoría absoluta en lugar de con los 3/5 del Congreso y el Senado que ahora exige la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esto sería posible, según la nueva redacción del artículo 572 de la propuesta, en una segunda votación en caso de que la primera fuera fallida.

 

Para sacarla adelante, los dos partidos necesitan una mayoría absoluta (176 votos) del Parlamento que ya tendrían asegurados. Al hacerlo por medio de una proposición de ley en lugar de un proyecto de ley, no necesitan contar con el informe preceptivo del propio Consejo General del Poder Judicial, del Consejo de Estado ni del Consejo Fiscal que sí haría falta si la iniciativa hubiera partido del Gobierno.